lunes, 4 de mayo de 2020

¿Cuándo acudir a la Ley de Segunda Oportunidad tras el COVID-19?


El estado de alarma va a traer muchas consecuencias: una de ellas será el colapso judicial. Se esperan una avalancha de procedimientos, principalmente, en el orden civil, social y contencioso-administrativo.

La crisis económica que llegará tras la finalización del estado de alarma tendrá entre sus consecuencias numerosas presentaciones de acogimiento al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. Muchos particulares y autónomos que a causa de la crisis no puedan afrontar los pagos de las deudas, se verán en una situación de insolvencia inminente o actual.

Habrá muchos particulares que, a causa de haber perdido su trabajo, no puedan afrontar el pago de sus créditos personales, hipotecas, tarjetas de créditos, etc.

Algunos autónomos lo van a tener peor: no podrán pagar nóminas, rentas de alquiler, proveedores, bancos, etc.

Desde el año 2015 funciona el mecanismo previsto en el artículo 178 bis de la Ley Concursal que puede, cumpliendo determinados requisitos, la exoneración de la deuda existente a excepción de los créditos de derecho público y los créditos privilegiados.

Entre las medidas adoptadas dentro del estado de alarma, se ha publicado el Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, publicado en el BOE del 29 de abril, por el que se adoptan medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 (RDL 16/2020). 

En esta disposición se regula en cuanto a plazos la ampliación de la suspensión del deber de solicitar el concurso hasta final de año. Expresamente, no se mencionan los acuerdos extrajudiciales de pagos pero como nos encontramos ante un mecanismo previo al concurso se entiende que el plazo es idéntico.

En consecuencia, si un autónomo o particular está pensando en acudir al procedimiento de la ley de segunda oportunidad o presentar concurso de acreedores debe saber que puede hacerlo desde que se levante el estado de alarma hasta fin de año. Es decir, se estiran los plazos para que los juzgados puedan acoger gradualmente el aluvión de demandas que se avecinan.

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