domingo, 4 de febrero de 2018

DIVORCIO Y SEPARACIÓN DE MUTUO ACUERDO NOTARIAL

Con la aparición de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria ha surgido una nueva manera de proceder a realizar la separación o el divorcio de un matrimonio: el divorcio notarial.

Este procedimiento, rápido ya que no necesita la interposición de una demanda exige que se cumplan unos determinados requisitos:

  • Que hayan transcurrido más de tres meses desde el matrimonio.
  • Que no existan hijos menores de edad o incapacitados.
El matrimonio comparecerá ante Notario junto a un Letrado para ratificar un convenio de divorcio o separación. Pueden incluir en el convenio la liquidación de la sociedad de gananciales si hubiera acuerdo sobre esa cuestión. Además, en caso de que existan hijos mayores de edad acreedores de recibir una pensión alimenticia deberán igualmente comparecer para consentir la percepción de dicha pensión.

Deberán acreditar que el último domicilio del matrimonio es el de la sede de la Notaría bastando con la aportación de un certificado de empadronamiento u otro documento que acredite la vecindad.

Vemos que es un procedimiento muy sencillo y económico.

Si los cónyuges tuvieran alguna duda sobre cualquier cuestión tendrán al Letrado para resolverla.

Los que estén planteándose el divorcio notarial deben saber que aunque existe muchas páginas webs que ofrecen servicios de divorcio o separación notarial online esto no es posible. El Letrado debe estar presente en el otorgamiento de la Escritura, lo que supone que deberán ser del lugar del otorgamiento.


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