sábado, 27 de junio de 2020

Qué hacer cuando tus deudas no te dejan llegar a final de mes I


En otras entradas hemos visto que existe un mecanismo para poder solicitar el perdón de las deudas existentes si cumples determinados requisitos: la Ley de Segunda Oportunidad.

La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor tras su aprobación en 2015 y su publicación en el BOE, de modo que queda regulada por la Ley 25/2015, de 28 de julio.

Esta ley implica que, con ella, los particulares y autónomos pueden suspender pagos y declararse “en quiebra”, igual que una empresa, pero con la diferencia que ésta tras la liquidación, desaparecería, mientras que en el caso de personas físicas se mantiene sin deudas o con una reducción de las mismas.


Vamos a explicar cuáles son sus ventajas:
  • Es un procedimiento que dura aproximadamente un año, y desde que se inicia la primera fase denominada Acuerdo Extrajudicial de Pagos los acreedores no podrán iniciar ejecuciones. A la vez, ya que los solicitantes están inmersos en un procedimiento que a la postre va a finalizar con el perdón de la deuda, desde su inicio paralizan el pago de los préstamos que tienen pendientes.
  • Muchas veces estamos ante una situación de insolvencia pasajera y la presentación de un acogimiento a la ley de segunda oportunidad puede ser un mecanismo favorable para que los acreedores quieran llegar a un acuerdo sin pasar por el juzgado que recoja perdón de un porcentaje de la deudo o un aplazamiento de los pagos de hasta 10 años.
  • Los particulares que inician el proceso ven que su situación emocional se hace más favorable ya que muchos acreedores dejan de hacerle llamadas insistentes requiriendo el pago con la amenaza de acudir a los juzgados.
Si quieres saber más sobre el tema sigue nuestras entradas, haz comentarios o llámanos al 649592645 que estamos encantados de ayudarte.

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