lunes, 23 de noviembre de 2015

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA DE CRÉDITOS CONCURSALES




La comunicación de créditos concursales provoca muchas dudas en las empresas. Antes de la reforma se hacía mediante el envío de los créditos al Juzgado de lo Mercantil. Previamente el Administrador Concursal tenía que enviar carta certificada con acuse de recibo a todos los acreedores.

Todo cambió a partir de la Ley 38/2011 cuando ya no había que enviar las comunicaciones al Juzgado sino al domicilio fijado para notificaciones por el Administrador Concursal o al correo electrónico del mismo.

Pasamos, por tanto, de tener que enviar las facturas originales al juzgado a poder enviar un correo electrónico de documentos escaneados al Administrador Concursal.

Esto ha traído agilidad al proceso laborioso de redacción del Informe del Administrador Concursal pero añade inseguridad jurídica a las comunicaciones realizadas por parte de los acreedores.

La costumbre que se está asentando es que los acreedores manden un correo electrónico al Administrador Concursal y soliciten el acuse de recibo del envío. Acto seguido o a los pocos días acostumbran a preguntar por su crédito si ha sido admitido o si se han hecho algunas correcciones.

Otros, que pretenden ahorrarse la personación en el concurso, piden al Administrador Concursal que le envíe el informe cuando lo tenga preparado para enviarle copia a la AEAT o a la Seguridad Social. Así sopesan si hay opciones de recuperar algún dinero.

Considero que en el trabajo de comunicación de créditos hay algunas lagunas que con el tiempo se deben corregir. Desconoce a veces el Administrador Concursal la legitimación que tiene la persona que se pone en contacto por correo electrónico porque a veces se comunican créditos sin aportar documentos que acrediten la representación de quien la encarga. Se encuentra con una amalgama de intermediarios que a veces se relacionan sin tener autorización fehaciente para hacerlo: el contable de la empresa, el asesor fiscal, el graduado social o el abogado de los trabajadores, 

En alguna ocasión me he encontrado a despachos de abogados diferentes que han comunicado el mismo crédito desconociendo cuál de ellos es el que verdaderamente lleva el asunto. En fin, como sólo se trata de mandar un correo lo que abunda no daña.






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